Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JHONATHAN JOSUE COLEGIO LEAL, quien manifestó lo siguiente: "Que en cuanto a la deuda de dos mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 2.250°°) que mantengo de obligaciones de manutención atrasadas, me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal el día siete (7) de diciembre de 2009." Es todo. Seguidamente Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana NANCY COROMOTO CARREÑO RODRIGUEZ, quien manifestó "Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestra hija y que cumpla con responsabilidad y puntualidad.". Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTI.....