DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Dra. BRICEIDA MARIA SALAZAR MARQUEZ, Fiscal (A) Sexta del Ministerio Público de Defensa Ambiental a Nivel Nacional, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra la Cooperativa Cambio Fundamental, ubicada en el sector San Antonio de Galipán, Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, Vertiente Norte del Parque Nacional El Ávila, representada por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PADRON FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.855.465, de conformidad con el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
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