En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA APEL.ACIÓN interpuesta por la parte demandada, mediante diligencia de fecha 31 de octubre de 2001.
SEGUNDO: MODIFICA el auto dictado en fecha 26 de octubre de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia, homologa la transacción celebrada entre las partes el 29 de marzo de 2001, sólo por lo que respecta a los bienes inmuebles a que se contrae el particular primero de la misma, en los términos y condiciones en ella expresados, y a lo dispuesto por las partes en los particulares tercero y cuarto de ésta, de conf.....