PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el accionante en amparo, ciudadano Noel Guillén mediante escrito de fecha 06 de marzo de 2006.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional sobrevenido incoada por el abogado Juan Luis Augusto Suárez Novoa, en nombre del ciudadano Noel Guillén, contra los ciudadanos José Alfonso Murillo Oviedo, Miguel Ángel Roa Gómez y María Edilia Jaimes Blanco, en su condición de expertos nombrados en el juicio principal.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en la parte final del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condenatoria en costas por considerar esta sentenciadora que la acción interpuesta no reviste temeridad.
CUARTO: Queda CONFIRMADA la decisión apelada dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 01 de marzo de 2006.