Tribunal, DA POR TERMINADO EL PRESENTE PROCESO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De conformidad con lo solicitado se levanta la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal el 18 de enero de 2006. Y como de los autos se desprende que no hay más actuaciones que realizar, se dispone el archivo del expediente.