En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara la NULIDAD del acto de interrogatorio del presunto incapaz José Nathanael Colmenares Barrozo y de las declaraciones de sus parientes, cumplidos en fecha 19 de junio de 2012; así como de la sentencia de fecha 30 de abril de 2013 que decretó la interdicción provisional y de todas las actuaciones procesales cumplidas con posterioridad a dicha decisión, incluida la sentencia de fecha 03 de febrero de 2014, sometida a consulta de Ley.
SEGUNDO: REPONE la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia Civil al que corresponda conocer por distribución, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del expediente, proceda por auto expreso a fijar nuevamente oportunidad para lleva.....