PRIMERO: Declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente procedimiento seguido ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por el ciudadano José Alexis Torres Ocariz, por interdicción de su hermano José Ramón Torres Ocariz, desde el auto de admisión de la solicitud dictado el 02 de noviembre de 2009, incluyendo la sentencia definitiva consultada, proferida por dicho Tribunal el 05 de mayo de 2011.
SEGUNDO: Decreta la REPOSICIÓN de la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia Civil al que le corresponda conocer, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del expediente, por auto expreso proceda nuevamente a admitir la referida solicitud de interdicción, debiendo ordenar en ese mismo auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 130, 131 ordinal 1°, y 132 del Código de Procedimiento Civil, la notificación por boleta al Fiscal del Ministerio Público competente, a la que deberá .....