PRIMERO: INADMISIBLE LA DEMANDA presentada por la ciudadana Hilda Rosa Alvarez Ramírez, asistida por la abogada Carmen Beatriz Campos Alvarez, contra la empresa HOTEL LONDRES, C.A., identificada en autos, por concepto de COBRO DE ACREENCIAS LABORALES.
SEGUNDO: Perimido el proceso.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.