Por todos los razonamientos de hecho y de derecho que quedaran explanados en párrafos antecedentes este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda que por Acción de COBRO DE BOLIVARES incoada por la ciudadana: AIDA RIVAS DE ORRO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.546.405, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, por medio de su apoderado judicial abogado en ejercicio FRANKLIN ASDRUBAL ROA BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.342.725 e Inpreabogado N.- 111.017, interpuesto contra los ciudadanos: PEDRO ALEXANDER SUAREZ ARELLANO , venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.346.624, domiciliado en el Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en .....