Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar la Demanda que por Desalojo intentó la ciudadana GLADYS ZULAY RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.650.627, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, asistida por el Abogado en ejercicio ORLANDO PRATO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.620.637 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.33.973, contra la ciudadana MARIA TERESA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-4.627.540, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a desalojar y entregar a la Parte Demandante libre de personas y cosas, en las mismas condiciones .....