Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio Unipersonal del Circuito Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:------------
PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano ADLY JOSÉ COLINA JAIMES, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día 10-06-1982, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.756.646, de profesión u oficio estudiante, hijo de María Lilia Jaimes Ortíz (v) y Adrián Ramón Colina Escabay (v), de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Rómulo Gallegos, Vereda Bella Vista, Casa N° 10, cerca de la Iglesia Rómulo Gallegos, San Cristóbal, Estado Táchira; por el delito de ASALTO A TRIPULANTES O PASAJEROS DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357 tercer aparte del Código Penal siendo aplicable la agravante prevista en el artículo 77 numeral 11 ejusdem, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISI.....