PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud que por Aumento de Pensión de Alimentos intentó la ciudadana POCABED MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.154.775, domiciliada en Santa Eduviges, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la adolescente (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano MAURICIO CABALLERO CHANAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-22.640.214, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para la adolescente (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), la cantidad de SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.73.560,00) mensuales, la cual será ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela y ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes.-
TERCERO: Se fija como cuota especial y .....