III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la coapoderada judicial de la parte demandante en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 22 de junio de 2006.
SEGUNDO: SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN interpuesta por la ciudadana MARIA ALIS CARVAJAL GONZÁLEZ, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA y en consecuencia, se declara SIN LUGAR LA DEMANDA incoada.
TERCERO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN APELADA.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase copia certifica.....