Por lo anteriormente señalado esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA CIUDADANA NILSA INES CAMARGO ASCANIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.348.980, para que realice todos los trámites correspondientes por ante cualquier Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), de La Republica Bolivariana de Venezuela, a fin de OBTENER EL PASAPORTE DE SU HIJO, niño (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de Cinco (05) años identificada con partida de nacimiento N° 1970, de fecha 03/12/2002, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. Hágase como se pide. Cúmplase. Déjese copia de la presente decisión.