Por las razones expuestas, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACION A la DACION EN PAGO realizado en la presente causa. A tal efecto se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena expedir fotocopias certificadas de los folios 128 y 129 con sus vueltos y del presente auto. Se levanta la medida decretada, se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial en su oportunidad correspondiente. Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, a los cuatro días del mes de Octubre del Año dos mil diez. Años 200º de l.....