PRIMERO: Se declara sin lugar lo solicitado por la abogada Belkis Xiomara Labrador defensora Pública del condenado JAIME TRIANA CASTILLO, de ser traslado a la sede del Comando General de la Policía del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ORDENA que el ciudadano Director del Centro Penitenciario de occidente con sede en Santa Ana del Táchira, en virtud de su deber derivado de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de las demás leyes y reglamentos vigentes, mediante el uso del personal adscrito a dicha sede penitenciaria, así como al personal de enfermería de dicho centro de reclusión para que garantice en la práctica el derecho a la vida, la salud y la integridad física del ciudadano JAIME TRIANA CASTILLO titular de la cédula de identidad N° V-9.345.239, puesto que son derechos humanos fundamentales que deben ser resguardados. Todo ello en protección al derecho a la vida, salud y la integridad física, en consideración a lo previsto en los artí.....