"...PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos MILTON OMAR MOLINA VIVAS y GLEIDYS KATHERINE IBAÑEZ TOLOZA, plenamente identificados, en consecuencia, y por efecto de tal pronunciamiento, queda disuelto el vínculo matrimonial, que ambos contrajeron, por ante el Registro Civil del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, en fecha 27 de noviembre de 2010, según acta Nº 106. Y así se decide.
SEGUNDO: Por cuanto los co-solicitantes han manifestado no haber procreado hijos durante el matrimonio, no se dicta providencia alguna al respecto.
TERCERO: Por cuanto los co-solicitantes han manifestado no haber adquirido bienes durante el matrimonio, no se dicta providencia alguna al respecto
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en La Fría, a los 04 días del mes de octubre de 2013. Añ.....