DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES DE LOS CIUDADANOS CARLA JUDIT ROSALES RUIZ y LUÍS EDGAR LUCENA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.179.610 y V-13.549.216, respectivamente. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 03 de agosto de 2006, por ante el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 098-2006.-