EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley CONFIRMÓ la decisión consultada dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial de fecha 17 de Septiembre de 2013, que declaró la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano PABLO EMILIO CONTRERAS MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 28.417.167, solicitada por los ciudadanos Marino Alfonso Contreras Mogollón e Yda Mary Contreras de Méndez, ya identificados, en su condición de hermanos. Se ordena el Registro de la presente decisión por ante la Oficina respectiva de conformidad con lo establecido en los artículo 414 y 415 del Código Civil.