TERCERO: SE CONDENA a los ciudadanos JESUAN MUÑOZ ARTEAGA Y JULIAN LOZANO VEGA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN por la presunta comisión del delito de HURTO DE EQUIPOS E INSTALACIONES ELECTRICAS, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes. Se condena a las accesorias del artículo 16 del Código Penal.