En consecuencia, habiendo en el presente procedimiento transcurrido los tres día hábiles a que hace referencia la norma ut supra, sin haber sido retirado el cartel de emplazamiento solicitado en el libelo por la parte recurrente, operó la sanción legal prevista en la norma transcrita, por consiguiente, este tribunal declara el DESISTIMIENTO TÁCITO del presente recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar, interpuesto por la Gobernación de estado Táchira, representada por su apoderada judicial abogada Yelena Elsy Cera de la Cruz, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el n.º 38.915, en contra de la providencia administrativa n.º 292-2009, de fecha 11.3.2009, emanado de la Inspectoría del Trabajo General Cipriano Castro del Estado Táchira, en el procedimiento de reenganche y pago de salarios dejados de percibir de los ciudadanos Yoleyda González, Doris Niño, Rigoberto Gómez, Carlos Gil, Susana Buitama, Elvia Silva, Mirley González, Glady.....