"...PRIMERO: Las partes se comprometen a realizar al bebe en gestación la prueba de ADN a fin de verificar la paternidad del señor EDUIN JAVIER MENDOZA CAICEDO, una vez nazca el infante y la ciudadana JENNIFER CRISTINA BECERRA así lo acepta. SEGUNDO: el ciudadano EDUIN JAVIER MENDOZA CAICEDO se compromete de manera cautelar a cancelar las 3 consultas médicas restantes hasta el parto de la señora JENNIFER BECERRA, la cual asciende a 06 meses de gestación y ésta última así lo acepta.
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN..."