ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano CRISTIAN JOHAN DIOSA, venezolano, natural de Tres Islas, Municipio Jáuregui, Estado Táchira, nacido en fecha 23-01-1987, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° Indocumentado, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Bella Vista, Invasión, más arriba del hospital, Pregonero, Estado Táchira, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN así como las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal.