DISPOSITIVA
En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Cárdenas Guásimos Y Andrés Bello De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA por haber transcurrido más de un año sin que hubiese habido actuación alguna de la parte demandante en el proceso.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Secretaria de Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Cárdenas Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Táriba, cinco (05) de marzo DE 2024. Se publico bajo el N° ( ).-
SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE Y SU REMISIÓN AL ARCHIVO JUDIC.....