Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: NIEGA la conmutación de la pena en CONFINAMIENTO al penado ROMERO ALEJANDRO, venezolano, mayor de edad, natural de los Teques Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.303.884, con fecha de nacimiento 29/03/1960, de 46 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Elsa María Romero Morales y José Maximino Calderón, residenciado en la Urbanización El Diamante Uno, Vereda 3 Casa sin número, Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, de conformidad con el artículo 56 del Código Penal.
Déjese copia para el Archivo del Tribunal, notifíquese a la ciudadana Fiscal para el Régimen Penitenciario, a la Defensa y líbrese boleta de traslado a fin de notifi.....