Se procede a calcular dicha antigüedad de conformidad con lo establecido en el artículo 142 literal c de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y la Trabajadoras, le corresponden 90 días por la cantidad de 307,23 Bs/ diarios, es igual a Bs. 27.650,70.
Se le paga la cantidad de Bs. 31.796,73.
SEGUNDO: Por concepto de VACACIONES VENCIDAS Y NO DISFRUTADAS Y VACACIONES FRACCIONADAS, desde el 07-07-2012 al 18-05-2015, le corresponden 45,16 días que multiplicados por el salario de Bs. 273,09 diarios, arroja la cantidad de Bs. 12.332,74.
TERCERO: Por concepto de BONO VACACIONAL VENCIDO Y NO PAGADO Y BONO VACACIONA FRACCIONADO, desde el 07-07-2012 al 18-05-2015, le corresponden 45,16 días que multiplicados por el salario de Bs. 273,09 diarios, arroja la cantidad de Bs. 12.332,74.
CUARTO: Por concepto de UTILIDADES VENCIDAS Y NO PAGADAS Y UTILIDADES FRACCIONADAS, desde el 07-07-2012 al 18-05-2015, le corresponden 85 días que multiplicados por el salario de Bs. 273.....