por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLÍVARES, ha instaurado el ciudadano GILBERTO CARDOSO DÍAZ, colombiano, mayor de edad, preparador físico, titular de la cédula de ciudadanía Nº 6.751.260, contra INVERSIONES DEPORTIVAS TÁCHIRA C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial de Estado Táchira, bajo el Nº 12, tomo 18-A, de fecha 22 de abril de 1.988, conocida también con el nombre de CLUB UNIÓN ATLÉTICO TÁCHIRA, en la persona de su presidente ciudadano RODRÍGO RIVERA.