Visto lo solicitado por la parte demandante, este Tribunal ejecutor de medidas, le informa que en virtud del acuerdo celebrado entre las partes, este despacho judicial por carecer de competencia para homologar el mismo, debe remitir en original la presente comisión en su totalidad a los fines de su respectiva homologación por le Tribunal de la causa y así se decide, asimismo, este Tribunal Ejecutor acuerda suspender la ejecución del embargo preventivo comisionado por el día de hoy.