Por todo lo anteriormente expuesto, ESTA JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSEFINA ROMERO RODRIGUEZ, por la comisión del Delito de AMENAZA, VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionado en el artículo 16, 17 y 20 de la Ley vigente para el momento en que ocurrieron los hechosde la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de ROSA DELIA ROMERO RODRÍGUEZ, de conformidad con lo señalado en el artículo 300.3, en concordancia, con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 111.7 numeral del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108.5 del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión y remítanse .....