EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDIO FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio No. 000162/2006, dictada en fecha 03 de mayo de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción No. 2 de Guimar, España, en la que se autorizó el Divorcio del matrimonio que fue contraído por los ciudadanos LOURDES NUBRASKA MARTINIELLO SANCHEZ y ANTONIO RAMÓN SEMIDEY CONTRERAS, en fecha 18 de diciembre de 2004, ante el Registrador Civil de Candelaria-Tenerife, España.