En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Laboral del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por la ciudadana LUCILA SIERRA RANGEL, en contra de la Empresa Mercantil CREACIONES MILKA C.A. Segundo: Se condena a la parte demandada Empresa Mercantil CREACIONES MILKA C.A. a pagar: Por concepto de Daño Moral la cantidad de 8.000.000,oo millones de Bolívares; por concepto de salarios dejados de percibir Bs.945.999,60; por concepto de gastos de atención médica y medicina de la trabajadora accidentada Bs. 1.013.565,00; por concepto de incapacidad absoluta y temporal Bs.7.399.068,30; por concepto de indemnización establecida en el artículo 572 de la Ley Orgánica del Trabajo, Bs.2.432.750,40, cantidades estas que serán indexadas, se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades conden.....