PRIMERO: Se Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES, ( Bs.300,oo) mensuales y para los meses de Septiembre y Diciembre, por temporadas escolares y decembrinas, los gastos serán compartidos en un 50% por cada uno de los progenitores.
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto sé encuentra aperturaza en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la ciudadana, ROSALES LORNA DEL CARMEN, madre de la adolescente ya identificada.