EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Consuelo Barrios Trejo, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, contra el auto dictado en fecha veintidós (22) de julio de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha veintidós (22) de julio de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.TERCERO: SE ANULA la citación de la parte demandada, ciudadano Carlos Amílcar Uzcátegui, SE ORDENA la reposición de la causa al estado de citar a la parte demandada, ciudadano Carlos Amílcar Uzcátegui, de conformidad con el artículo 22.....