PRIMERO: Su Incompetencia por la materia, para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos MARITZA GOMEZ, JOSEFINA QUINTERO, ERNESTO ACEVEDO y LARRY RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-13.928.611, V-22.643.457, V-10.190.488 y V-3.063.927, respectivamente, domiciliados en la población de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira; representantes en su orden de la Bodega Mercal "Hermanos Gómez", Bodega Mercal "Emmanuel", Bodega Mercal "Virgen del Carmen" y Módulo Tipo II, Asociación Cooperativa Mixta "La Seguridad Económica 245"; en contra de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira, adscrita al SENIAT, en la persona de su Gerente, Comandante JOSE ALBERTO GOMEZ MOGOLLON, quien a su vez señalan como Presidente de la Comisión Regional de Abastecimiento. Así se Decide. SEGUNDO: Remitir mediante oficio las presentes actuaciones al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región .....