En este estado el Tribunal visto lo expuesto por ambas partes en la presente ejecución, considera que la parte agraviante en el presente Recurso de Amparo, la cual es la Alcaldia del Municipio San Cristóbal, esta dando cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia al incorporar efectivamente al Ciudadano Nerio Guerrero, a la nomina de docentes contratados de esta Alcaldia lo cual puede evidenciarse de la comunicación presentada por el Sindico Procurador Municipal en este acto en copia fotostática simple signada con el Nº SM- 1442, de fecha 1º de Noviembre de 2.007, cuyo original fue constatada con la copia fotostática simple presentada y donde aparece reflejado que el Ciudadano Guerrero Salas Nerio se encuentra incluido dentro de los 23 proyectos de contrato de servicio a suscribirse entre la Municipalidad y el referido Ciudadano Por otra parte al haber manifestado en este acto tanto la Directora de Educación Cultura y Deporte así como por el Sindico Procurador Municipal ambos identifi.....