Primero: Revoca la medida de Reglas de Conducta impuestas en fecha diecinueve (19) de septiembre de 2013, por este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de DETENTACIÓN DE MUNICIONES, previsto en los artículos 274 y 277 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Impone al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, antes identificado, la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) MES Y DIEZ (10) DÍAS, POR INCUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN, la cual concluirá el día 15 de diciembre del año 2.013, por la comisión del delito de DETENTACIÓN DE MUNCIONES, previsto en los artículos 274 y 277 del Código Penal; de conformidad con lo dispuesto en el art.....