Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la acción de DESALOJO, interpuesta por la Sociedad Mercantil JULIO A. VILLASMIL C.& HNO. SCRS., C.A. "JAVILLANO"; y los ciudadanos MARCELINO LOZANO JAIMES y FLORELBA PORTILLA ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.429.755 y V-12.235.732, en su orden, a través de sus apoderadas judiciales, abogadas ANA MIREYA RUIZ SÁNCHEZ y EDDY MAYERLIN LOZANO PORTILLA, contra la ciudadana NIYIRED GÓMEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-17.812.848, en razón de lo cual, condenada a la parte demandada a:
PRIMERO: DESALOJAR el inmueble arrendado, consistente en un local comercial, signado con el N° 6, loca.....