Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Venta Con Reserva de Dominio intentó el ciudadano JUAN CARLOS CONTRERAS JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.167.899, de este domicilio y hábil, asistido por la Abogada en ejercicio SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.58.540, contra el ciudadano HERMES DANIEL ARCINIEGAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.508.348, domiciliado en Tucapé, Municipio Cárdenas del Estado Táchira y hábil. En consecuencia, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, de fecha 19 de Mayo d.....