DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE REVOCAN los autos de fecha 27 de julio y 26 de septiembre del 2.023, que oyen la apelación y acuerdan la remisión al Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario para conocer en segunda Instancia la acción de Amparo peticionada por el quejoso.
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial que resultare competente, para que complete la instancia iniciada en el Juzgado de Municipio.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil......