"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, Supra-identificado visto el Decreto dictado por el Tribunal de la Causa, y a solicitud de la parte demandada ciudadano ALLEN JOSE MENDOZA OCHOA, asistido en este acto por el abogado CESAR JOSUE OCHOA PEREZ, ya identificado, como parte demandante, y tomando en cuenta el informe presentado por el perito, SE ACUERDA DE CONFORMIDAD dicho pedimento, en consecuencia se EMBARGA PREVENTIVAMENTE hasta la cantidad de veintiocho mil bolívares el vehículo, ya identificado, y se decreta la desposesión jurídica del mismo, haciéndose entrega formal y material al depositario judicial quien lo recibe en las condiciones antes descritas por el perito en su informe y que se da aquí por reproducido, el vehículo debidamente embargado preventivamente será trasladado hasta los depósitos pertenecientes a la depositaria judicial la seguridad por el ciudadano JOSE DOMINGO FUENTES CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-9.218.0.....