VII
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 28 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: Se declara CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano Concepción Alí Cegarra Pernía, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 5.032.566, en contra de la sociedad mercantil Gutiérrez, Protección y Seguridad C. A. (Guprose), y se condena a esta última a pagar al actor la cantidad de DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y UN BOLÍVARES CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.....