Con base en los razonamientos precedentes, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓNES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA REDIMIDO el lapso de: CINCO (05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, de la pena total que debe cumplir el penado: JOSE DE JESUS CONTRERAS GELVEZ de conformidad con lo previsto en los artículos 3°, 5° y 6° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el articulo 497 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Visto que el penado de autos se encuentra bajo la formula alternativa CONFINAMIENTO, se ordena realizar el ajuste correspondiente al tiempo de pena que le falta por cumplir bajo esta figura procesal, en aras de garantizar sus derechos e int.....