Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la Demanda que por Desalojo intentó el ciudadano JEFFREY CARLO LOVISSI ANGOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No.V-15.989.080, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO JOSE ARAUJO VILLARREAL, titular de la Cédula de Identidad No.V-15.430.212 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.127.656, contra la ciudadana MARLENE VIALEY SANCHEZ ONTIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-4.525.487, domiciliada en Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a Desalojar y entregar a la Parte Demandante en el plazo improrrogable de seis .....