Por las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta ÚNICO: AMPLIAR LAS PRESENTACIONES AL ACUSADO EL TAKI RIZR MAAROUF, plenamente identificado en autos, a UNA VEZ CADA DOS (2) MESES, por ante este Tribunal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, en perjuicio de su esposa MAI TAKI, y de sus hijos RAJA MARU EL TAKI, y HOSSEIN TAKI; todo de conformidad con el artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese la presente decisión a las partes. Déjese copia debidamente certificada.