PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta por la Abogada AURA MARÍA OCHO ARELLANO, jueza titular del juzgado superior segundo en lo civil, mercantil y tránsito de la circunscripción judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 26 de marzo de 2009, por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 15° del artículo 82° del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los juzgados superiores en lo civil, mercantil, tránsito y de protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.