SE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO REALIZADO ANTE LA DEFENSORIA EDUCATIVA DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE "UNA MANO DE DIOS" DEL MUNICIPIO SAMUEL DARIO MALDONADO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, IMPARTIÉNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículos 315 del Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber habido ofrecimiento por parte del requerido y aceptación por parte de la solicitante. Quedo fijada la Obligación de Manutención en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (BS. 200,00), para los gastos de manutención, y los gastos generados por salud, inicio del año escolar y temporada navideña serán compartidos en un 50% por ambos padres
dicho monto se aumentara en un 20% anualmente y de acuerdo a los índices de inflación que emita el banco central de Venezuela