En consecuencia, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el referido desistimiento efectuado por la demandada María del Carmen Romero Torres, asistida por la abogada Mireyda Elizabeth Ramírez Peñalver, en fecha 02 de mayo de 2014, del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido por el Tribunal de la causa el 11 de marzo de 2014 y acuerda darle a dicho acto de desistimiento el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por aplicación analógica de los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatoria en costas, dada la renuncia que de las mismas hizo la representación judicial de la parte demandante en fecha 05 de mayo de 2014.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo establec.....