Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de marzo de 2006, por la abogada ROBERTINA VARGAS DE MORENO, coapoderada judicial de la parte demandante, ciudadana MARIA DEL CARMEN ARIAS DE CHACÓN, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23 de marzo de 2006.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA DEL CARMEN ARIAS DE CHACÓN, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada. Bájese el exp.....