Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE GABRIEL FAJARDO PADILLA, quien manifestó: "Tengo bajo mi responsabilidad, guarda y custodia mi hijo de dieciséis (16) años, me comprometo a otorgarle a mi hija, que esta con su mamá, una cuota de trescientos bolivares (Bs. 300°°) y para el mes de agosto para la época escolar la cantidad de seiscientos bolivares ( Bs. 600°°) y para el mes de diciembre la cantidad de ochocientos bolivares ( Bs. 800°°), cantidades que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario, de la cual estoy en debido conocimiento. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana NANCY JOSEFINA SANCHEZ CALDERON, quien manifestó" Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestra hija y que cumpla con responsabilidad y puntualidad con el acuerdo efectuado en día de hoy. " Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a.....