En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIO celebrado entre la Procuraduría General del estado Táchira y las apoderadas judiciales del ciudadano LUIS ORLANDO CASTRO, autenticado ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal del estado Táchira, el 30 de julio de 2008, bajo el N° 57, Tomo 180 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría. En consecuencia, téngase el referido Convenimiento de Pago como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Notifíquese al Procurador General del estado Táchira de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.
Déjese copia certificada de la presente .....